Programa de Crédito Fiscal para Capacitación

Se informa que el Programa de Crédito Fiscal para capacitación ha logrado asignar, por segundo año consecutivo, el cupo disponible de este beneficio destinado a las pymes, que reintegra hasta el 100% de los gastos incurridos en capacitaciones.

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¿Qué es el Programa de Crédito Fiscal Para Capacitación?

Una herramienta orientada a todos los integrantes de una pyme, que permite reintegrar hasta el 100% de los gastos incurridos en actividades de capacitación.

Toda pyme puede solicitar reintegros (para sí o para otra pyme) hasta el 8% de su masa salarial. Las grandes empresas podrán ceder su beneficio para capacitar a pymes hasta el 8%0 de su masa salarial.

Preguntas Frecuentes sobre el Programa

Podés obtenerlo en sólo 4 pasos muy fáciles:

1) Presentación del Proyecto:
La empresa debe, una vez registradas la Empresa y la UCAP, completar y enviar el formulario de Proyecto de Capacitación, incluyendo una breve descripción de sus objetivos y la/s actividad/es de capacitación que contribuyan al cumplimiento de los mismos.

2) Evaluación del proyecto
Si el proyecto fuera pre-aprobado, se le comunica a la empresa los términos del mismo y se le solicita la documentación respaldatoria. En caso de no ser pre-aprobado, se notifica la evaluación y las posibles recomendaciones para su reformulación..

Hasta este momento ni las empresas ni las Unidades Capacitadoras participantes deberán enviar documentación en papel.

3) Aprobación y Ejecución de la capacitación.

Compromiso de respuesta: 15 días

Una vez preaprobado el Proyecto y presentada la documentación respaldatoria, se aprueba el Proyecto, y las empresas pueden comenzar a ejecutar las actividades de capacitación.

Importante: Si las actividades incluidas fueran Abiertas, la empresa podrá, a su cuenta y riesgo, realizar las actividades, y la Sepyme las reconocerá desde la fecha de la preaprobación.

4) Rendición de Cuentas y Reintegro.

Compromiso de respuesta: 60 días.

Las empresas presentarán las rendiciones de cuentas de los gastos incurridos a medida que se ejecuten los proyectos de Capacitación.

Máximo una (1) rendición por proyecto presentado. La Sepyme reintegra hasta el 100% de los gastos rendidos a través de un certificado de Crédito Fiscal o Bono Electrónico que puede aplicarse al pago de impuestos nacionales (Impuesto a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA, Impuestos Internos, etc.). Es endosable y tiene una vigencia de 24 meses desde su emisión para ser utilizado en AFIP.

Dudas y consultas

Teléfono: 0800.333.7963
E-mail: cfiscal@industria.gob.ar

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Crédito Fiscal para Capacitación

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