Programa de Crédito Fiscal para Capacitación
Fecha tentativa de inicio del programa convocatoria 2012: 28 de febrero
• El plazo para la presentación de las rendiciones de cuenta venció el 31/1/2012.
Excepcionalmente se ha prorrogado el plazo para la presentación vía sistema informático hasta el día 15/2/2012.
Asimismo las rendiciones preaprobadas en el plazo de prórroga deberán presentarse en soporte papel con la documentación respaldatoria hasta el día 1/3/2012 en Julio A. Roca 651 PB Sector II (CABA).
¿Qué es el Programa de Crédito Fiscal Para Capacitación?
Una herramienta orientada a todos los integrantes de una pyme, que permite reintegrar hasta el 100% de los gastos incurridos en actividades de capacitación.
Toda pyme puede solicitar reintegros (para sí o para otra pyme) hasta el 8% de su masa salarial. Las grandes empresas podrán ceder su beneficio para capacitar a pymes hasta el 8%0 de su masa salarial.
Podés obtenerlo en sólo 4 pasos muy fáciles:
1) Presentación del Proyecto:
La empresa debe, una vez registradas la Empresa y la UCAP, completar y enviar el formulario de Proyecto de Capacitación, incluyendo una breve descripción de sus objetivos y la/s actividad/es de capacitación que contribuyan al cumplimiento de los mismos.
2) Evaluación del proyecto
Si el proyecto fuera pre-aprobado, se le comunica a la empresa los términos del mismo y se le solicita la documentación respaldatoria. En caso de no ser pre-aprobado, se notifica la evaluación y las posibles recomendaciones para su reformulación..
Hasta este momento ni las empresas ni las Unidades Capacitadoras participantes deberán enviar documentación en papel.
3) Aprobación y Ejecución de la capacitación.
Compromiso de respuesta: 15 días
Una vez preaprobado el Proyecto y presentada la documentación respaldatoria, se aprueba el Proyecto, y las empresas pueden comenzar a ejecutar las actividades de capacitación.
Importante: Si las actividades incluidas fueran Abiertas, la empresa podrá, a su cuenta y riesgo, realizar las actividades, y la Sepyme las reconocerá desde la fecha de la preaprobación.
4) Rendición de Cuentas y Reintegro.
Compromiso de respuesta: 60 días.
Las empresas presentarán las rendiciones de cuentas de los gastos incurridos a medida que se ejecuten los proyectos de Capacitación.
Máximo una (1) rendición por proyecto presentado. La Sepyme reintegra hasta el 100% de los gastos rendidos a través de un certificado de Crédito Fiscal o Bono Electrónico que puede aplicarse al pago de impuestos nacionales (Impuesto a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA, Impuestos Internos, etc.). Es endosable y tiene una vigencia de 24 meses desde su emisión para ser utilizado en AFIP.
Instructivo de Uso de los Bonos Electrónicos de Crédito Fiscal
Acceso al Sistema Informático On-line
Proyectos aprobados durante 2011: Resolución 157/2011 – 181/2011 – 207/2011
231/2011 - 312/2011 - 355/2011



